STV ‘Brota Alicante’ pone en marcha un sorteo de Navidad
Con motivo de la instalación de ornamentación vegetal extraordinaria en distintos puntos de la ciudad de Alicante de cara a la Navidad, STV Gestión, a través del servicio ‘Brota Alicante’ y con la colaboración del Departamento de Parques y Jardines del Ayuntamiento de Alicante, organiza un sorteo en redes sociales en el que la persona ganadora recibirá cuatro entradas para ver la Cabalgata de Reyes 2024 en la ciudad en la tarde del próximo 5 de enero.
BASES SORTEO NAVIDAD ALICANTE 2023 #LaNavidadBrotaenAlicante
- 1. La promoción
El promotor y responsable del fichero de datos personales del sorteo #Floweres2023 es la mercantil STV GESTIÓN, SL (en adelante, la Organizadora).
Responsable del tratamiento:
Razón Social: STV GESTIÓN S.L.
CIF: B30365712
Domicilio a efectos de notificaciones: Avda. Juan Carlos I, 55, Edif. JCI, Plata 12. 30001 Murcia.
Dirección de correo electrónico: lopd@stvgestión.com
Teléfono: 968 27 16
El objetivo es dar visibilidad a estas fiestas en redes sociales a través de la participación, totalmente gratuita, de la ciudadanía de Alicante o de aquellas personas visitantes o que, por circunstancias, se encuentren durante los días de Navidad en la ciudad.
La participación en el sorteo es gratuita y podrán participar todas las personas físicas mayores de 18 años.
La participación implica la aceptación total y absoluta de las presentes bases y se descalificará automáticamente a las personas que participen con la intención de perjudicar o dañar la imagen del sorteo o de la Organizadora.
Instagram y Facebook no patrocinan, avalan, ni administran esta promoción, ni están asociados a ella. La información que proporciona a la Organizadora se utilizará para gestionar la participación en el sorteo, comunicarle el premio y para gestionar su entrega.
- 2. Fechas del sorteo
La participación estará activa desde el viernes 1 de diciembre de 2023 y se mantendrá en marcha hasta las 23.59 horas del lunes 25 de diciembre de 2023.
- 3. Descripción del sorteo
Para participar en el sorteo será necesario cumplir los siguientes requisitos:
- Ser mayor de 18 años.
- Realizar una fotografía en las zonas con decoración floral marcadas con el hashtag #LaNavidadBrotaenAlicante en la ciudad de Alicante (Explanada de España junto a Plaza Canalejas, puerta de la Concatedral de San Nicolás, fachada del Ayuntamiento) donde se aprecie claramente dicha decoración floral.
- Subir esa fotografía a Facebook o a Instagram en sus distintas posibilidades (post, stories, reels) etiquetando a @stvgestion.
Sólo se admitirá una fotografía por cada perfil, y se descartarán automáticamente aquellas publicaciones de perfiles falsos, que no reúnan la edad mínima indicada, así como aquellas que falten, insulten o empleen lenguaje malsonante contra personas, instituciones o empresas, o no se realicen en las ubicaciones reseñadas con anterioridad o incumplan la normativa vigente.
El sorteo se realizará a través de una plataforma web especializada y el martes 26 de diciembre de 2023 a las 12.00 horas se hará público el ganador/a del sorteo a través de los canales de Facebook e Instagram de STV Gestión. La persona ganadora obtendrá como premio cuatro entradas para presenciar la Cabalgata de Reyes que se celebrará en la tarde del 5 de enero en la ciudad de Alicante.
Desde STV Gestión nos pondremos en contacto con la persona ganadora mediante mensaje directo al perfil de la red a través de la que nos hizo llegar la fotografía.
En caso de no ser localizada o no atender nuestro contacto en el plazo de 24 horas, el premio quedará desierto.
- 4. Premio
El premio ofrecido consistirá en cuatro entradas para presenciar la Cabalgata de Reyes que se celebrará en la tarde del 5 de enero en la ciudad de Alicante. La Organizadora no se hace cargo del desplazamiento hasta el lugar indicado, gastos de manutención, etc.
- 5. Cesión de derechos de imagen y/o propiedad intelectual del ganador
El ganador acepta que su nombre de usuario y foto de perfil público de Instagram o de Facebook se publique en perfiles y sitios web de la organización para comunicar y difundir la imagen ganadora del sorteo. El ganador/ganadora del sorteo deberá aceptar expresamente el premio y ceder los derechos de imagen para reproducir, distribuir y realizar comunicación pública de la misma y por cualquier medio. El Autor de la fotografía y participante en el sorteo debe asegurarse de que cuenta con el consentimiento de todas las personas que pudieran, en su caso, aparecer en esa fotografía, tanto para publicarla en su red social como para participar en el presente sorteo con la difusión pública que ello implica y será de su entera responsabilidad demostrar que así es, en especial si en la imagen aparecen menores de edad.
- 6. Suspensión
En caso de que, por motivos ajenos a la Organización, no pueda instalarse la decoración o que pueda estropearse por causas de fuerza mayor que impidieran el normal desarrollo de la actividad (como la lluvia, vandalismo, etc) así como la suspensión de la cabalgata de Reyes Magos el sorteo quedará suspendido definitivamente sin posibilidad de reclamación.
- 7. Modificaciones
La Organizadora se reserva el derecho a suspender o variar la promoción en cualquier momento, así como a modificar estas bases durante el desarrollo de la misma.
La suspensión, variación o modificación de la promoción se comunicará mediante un aviso a la propia página de la Organizadora en Facebook e Instagram. Estas suspensiones, variaciones o modificaciones no darán derecho en ningún caso a reclamación por parte de los actuales o potenciales participantes en la promoción.
- 8. Tratamiento de datos de carácter personal
Sus datos personales serán utilizados con la finalidad de permitir la participación en el sorteo, la gestión del mismo y la comunicación del ganador.
La legitimación para el tratamiento de sus datos se basa en la aceptación de las bases del sorteo
Sus datos personales serán conservados mientras dura el sorteo y su difusión pública y una vez concluida, hasta la prescripción de las responsabilidades nacidas del tratamiento de sus datos personales por un máximo de 3 años.
Destinatarios de sus datos: Los datos del ganador serán publicados en Internet (Redes sociales y sitios web del organizado y en su caso del patrocinador, así como en medios de comunicación)
Le asisten los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad que podrá ejercer ante el responsable del tratamiento indicado en el apartado 1 de las presentes bases Cualquier interesado podrá presentar una reclamación ante la Autoridad de Control competente en materia de Protección de Datos, especialmente cuando no haya obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos y la forma de ponerse en contacto con ella sería dirigir un escrito a Agencia Española de Protección de Datos Personales en C/Jorge Juan n.º 6, 28001 Madrid o a través de su sede electrónica en www.agpd.es
- 9. Exoneración de responsabilidades
STV GESTION queda eximida de cualquier responsabilidad en el supuesto caso de existir algún error en los datos facilitados por el mismo participante ganador del premio que impidiera su identificación o satisfacción.
Las fotografías deberán ser tomadas con toda la diligencia debida, no siendo responsable la Organizadora de los daños que puedan sufrir los participantes o terceras personas o bienes como consecuencia de accidentes provocados por imprudencias cometidas por tal motivo. En este sentido, pedimos a los participantes prudencia y respeto a la decoración y al mobiliario urbano.
La organizadora se exime igualmente de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse por hechos o sucesos producidos durante el disfrute del premio obtenido por parte del ganador y/o sus acompañantes. En este sentido, el ganador y sus acompañantes, en su caso, deberán seguir las directrices que le sean indicadas.
Las redes sociales (Facebook e Instagram) en las que se realiza este sorteo no están vinculadas al mismo ni son responsables ni patrocinadoras.
- 10. General
Si cualquier cláusula o parte de una cláusula de estas bases fuera o aconteciera nula, ilegal o no aplicable, esta cláusula o parte de una cláusula se entendería por no puesta en las bases, sin afectar de ninguna forma a la validez, legalidad o aplicabilidad del resto de las bases.
En caso de incumplimiento de alguna de las cláusulas de estas bases, el participante será automáticamente descalificado de la promoción y pasará a no ser posible candidato para obtener el premio que se ofrece a la misma.
Con la participación en el sorteo, se aceptan expresa e incondicionalmente las bases de este. Las bases son, por tanto, condición necesaria para participar y su aceptación es obligatoria y automática.
La promoción se organiza y queda sujeta a las leyes de España. Las bases se regirán por la ley española y los juzgados y tribunales españoles.
Las redes sociales (Facebook e Instagram) en las que se realiza este sorteo no están vinculadas al mismo ni son responsables ni patrocinadoras.